La Academia

La Asociación Civil Academia de Ciencias Médicas de la Provincia de Santa Fe, con personería jurídica aprobada por la Inspección General de Personas Jurídicas de la provincia el día 2 de marzo de 2017, constituye la Academia de Ciencias Médicas de Santa Fe, tal como lo indican sus estatutos.

La misma como parte de la estructura jurídica inicial de dicha Asociación, está integrada por primera y única vez por los Académicos Nacionales que fueran distinguidos como tal por instituciones nacionales, los que pasan a integrar el primer Claustro Académico Santafesino y revisten el carácter de Académicos Fundadores.

El criterio aplicado por la Asociación Civil en la selección de los miembros, además de poseer la mencionada membrecía en una Academia Nacional, se realizó por primera vez en nuestro país convocando a miembros actuales de diversas Academias, que confluyen actualmente en el contexto de las Ciencias Médicas, desde distintas disciplinas, dándole así un carácter científico transversal integrativo y multidisciplinario a la academia provincial. Sus miembros provienen de la Academia Nacional de Medicina, la Academia Nacional de Farmacia y Bioquímica, la Academia Nacional de Odontología y la Academia Nacional de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales.

El acto de designación oficial y la entrega de los correspondientes diplomas y preseas a los miembros de la Academia de Ciencias Médicas de Santa Fe, tuvo lugar el 29 de noviembre de 2018 en el Círculo Médico de Rosario.

Objetivos

  • Contribuir al desarrollo, progreso y divulgación de las Ciencias Médicas y afines.
  • Estimular el estudio en todos los aspectos de las Ciencias Médicas, con un definido criterio de transversalidad.
  • Hacer conocer el resultado de investigaciones y estudios por todos los medios de divulgación disponibles.
  • Servir de Consejo Consultivo al Gobierno Provincial, a gobiernos de Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe y a instituciones científicas, en caso que ellos lo requieran, en los asuntos referentes a las Ciencias que cultiva la Academia. En caso de ser requeridos, pueden también realizarse colaboraciones al resto del país y el exterior.
  • Instituir y discernir premios a la producción científica.
  • Mantener relaciones científicas, culturales, y de canje con otras instituciones científicas.
  • Mantener su base de comunicación científica, debidamente instrumentada, organizada y habilitada para consulta de uso profesional y público.
  • Contribuir, promover y/o realizar trabajos de investigación, debidamente seleccionados, que en general contribuyan a significar un aporte particularmente vinculado con la Provincia, sede de sus actividades.
  • Establecer prioritariamente una relación estrecha con las autoridades del Gobierno de la Provincia de Santa Fe, a los fines de participar y proponer cuanta actividad, de aporte científico, iniciativa o innovación en beneficio de la calidad de vida y particularmente en el área de la Salud Humana, sea necesaria resolver o mejorar para todos sus habitantes.

Propuesta de Constitución y Reglamento del Claustro Académico de la Asociación Civil Academia de Ciencias Médicas de Santa Fe

Redacción final presentada por el Comité de redacción, y aprobada en la Asamblea de la Asociación Civil del día 31 de Julio de 2018

Académicos

El título de Académico constituye un honor que se confiere a quienes se hayan dedicado, con relevante mérito, al desarrollo, comunicación y avances del desarrollo científico/tecnológico de las Ciencias Médicas. La condición de Académico es vitalicia y ad honorem.

Los requisitos para ser designado Académico se encuentran en los Artículos 6º, 7º, 8º y 9° del Estatuto de la Asociación Civil Academia de Ciencias Médicas de la Prov. de Santa Fe..

Para dar cumplimiento al Art. 9no de los Estatutos de la Asociación Civil, se constituye una Comisión Directiva Organizadora (CDO) que se encargará de elevar a la Comisión Directiva De la Asociación Civil (HCD)la propuesta del Reglamento que regirán las actividades específicas de la reunión de Académicos.

Capítulo I
Disposiciones Generales

Art. 1°.- La ACADEMIA DE CIENCIAS  MEDICAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, es una Asociación Civil de carácter científico, que inicia sus gestiones constitutivas a los 22 días del mes de agosto de 2016.

Art. 2°.- La conducción de la  Asociación Civil Academia de Ciencias Médicas de la Provincia de Santa Fe, se regirán por sus los Estatutos aprobados por la Inspección General de Personas Jurídicas de la Provincia de Santa Fe, quien le otorgara la personería jurídica correspondiente.

Art. 3°.- El reglamento de funcionamiento de los profesionales designados como Académicos, que regirá la organización interna  de las Categorías de Académicos, de acuerdo al Estatuto señalado, será de acuerdo a la propuesta de la CDO que haya sido aprobado por la Asociación Civil, presentada en tiempo y forma.

Art. 4º.- Aquellos Académicos, reconocidos como Fundadores de la Academia, por haber sido designado como Académicos de carácter Nacional, con anterioridad al creación de la Asociación, por alguna Academia Nacional a fin, según el Art. 9.- de la Asociación Civil, adquieren dicha categoría por única vez en la estructura de la mencionada Asociación.

Art. 5º.- A los efectos de integrar un cuerpo de Académicos, que específicamente se ocupe de proponer y ejecutar los principios de la Asociación civil, se crea el CLAUSTRO ACADEMICO DE  CIENCIAS MEDICAS DE SANTA FE. Serán integrantes del mismo inicialmente todos los  miembros fundadores designados para componer la Primera Asamblea Fundacional de la Academia de Ciencias Médicas de la Prov. de Santa Fe, constituyendo por única vez el llamado “CLAUSTRO ACADEMICO FUNDACIONAL”. Todos aquellos profesionales que adquieran posteriormente el carácter de Académicos, en las distintas categorías que se establezcan oportunamente, serán Académicos de Número.

Arte 6º.- Se consideran actividades esenciales que  de dicho Claustro, las siguientes funciones, que serán elevadas para su consideración y aprobación a la HCD de la Asociación Civil:

  1. a) Contribuir al desarrollo, progreso y divulgación de las Ciencias Médicas.
  2. b) Estimular el estudio en todos los aspectos de las Ciencias Médicas, con un definido criterio de transversalidad.
  3. c) Hacer conocer el resultado de investigaciones y estudios por todos los medios de divulgación disponibles.
  4. d) Servir de Consejo Consultivo al Gobierno Provincial, a gobiernos de Municipios y Comunas de la Pcia. de Santa Fe y a instituciones científicas, en caso que ellos lo requieran, en los asuntos referentes a las ciencias que cultiva la Academia. En caso de ser requeridos, pueden también realizarse colaboraciones al resto del país y el exterior.
  5. e) Instituir y discernir premios a la producción científica.
  6. f) Mantener relaciones científicas, culturales, y de canje con otras instituciones científicas.
  7. g) Mantener su base de comunicación científica, debidamente instrumentada, organizada y habilitada para consulta de uso profesional y público.

h) Contribuir, promover y/o realizar trabajos de investigación, debidamente seleccionados, que en general contribuyan a significar una aporte particularmente vinculado con la Provincia, sede de sus actividades.

  1. i) Establecer prioritariamente una relación estrecha con las autoridades del Gobierno de la Provincia de Santa Fe, a los fines participar y proponer cuanta actividad, tanto de aporte científico, iniciativa o innovación en beneficio de la calidad de vida y particularmente en el área de la Salud Humana, que sean necesario resolver o mejorar para todos sus habitantes.

Capítulo II
De los Miembros de la Academia

Art. 7º.- El título de Académico constituye un honor que se confiere a quienes se hayan dedicado, con relevante mérito, al cultivo y desarrollo de las Ciencias Médicas. La condición de Académico, en los términos de su designación, es honorifica. Para ser designado como Académico, las propuestas de candidatos,  serán realizadas por el Claustro Académico y elevadas en las fechas que se establezca a la Comisión Directiva de la Asociación y/o directamente por dos asociados con derecho a voto, a la Asamblea de asociados, conforme lo dispuesto en el artículo 9 del Estatuto.-

Art. 8°.- Para ser designado Académico se requiere ser propuesto por dos o más Académicos, acompañando un curriculum vitae detallado del candidato. En la solicitud de incorporación se deberá indicar claramente la contribución del candidato propuesto al avance del conocimiento en su disciplina. Cuando se trate de un residente en el extranjero deberá indicarse además, en forma explícita y detallada, su contribución al desarrollo de la Ciencia Médica en Argentina.

Art. 9º.- Los académicos serán de Número, Correspondientes o Eméritos. Los de Número serán 15 como mínimo y 20 como máximo. Durante el primer año de existencia de la Academia, y hasta completarse el número mencionado de 20 como máximo, deberá designarse un máximo de 5 miembros por año, pudiendo quedar como candidato para el año subsiguiente, aquel profesional propuesto, que no se incluyera dentro de los cinco designados para el año siguiente a la recepción de su propuesta. Dicho mecanismo de cobertura del número máximo de miembros, queda fijado en cuatro años, a correr de los presentados durante el año  2018, los que serán designados a partir del 2019, y en número de 5 por año hasta completar en el 2022 el número de 20 Miembros Académicos de Número. Una vez alcanzado el mismo, los nuevos miembros a designar serán con el carácter de miembros de Número, si existieran vacantes por fallecimiento o renuncia, de lo contrario serán Miembros Correspondientes, ubicándose en orden cronológico su designación, hasta tanto se produzcan una o más vacantes dentro de los 20 Miembros de Número.

Art. 10.-Serán Miembros de Número, los elegidos entre los candidatos  residentes en la Provincia de Santa Fe, teniendo en cuenta:

a.- Haber contribuido de manera significativa en el quehacer académico.

b.- Tener menos de 80 años de edad.

c.- Pertenecer a una especialidad científica que a juicio de la Comisión Directiva sea importante tener en cuenta para mantener un equilibrio adecuado en la representación de las especialidades que cultiva la Academia.

d.- Su antigüedad como Académico Correspondiente.

Serán Correspondientes, sin límite de número, los Académicos que no sean de Número, sin tener en cuenta su lugar de residencia.

Podrán ser Eméritos, aquellos Académicos de Número que hayan cumplido ochenta años. También podrán serlo aquellos académicos correspondientes que habiendo residido en el exterior, regresen a la Argentina y tengan 80 años de edad. Dicha distinción tendrá el carácter de vitalicia.

Art. 11°.- La elección y designación de Académico se producirá una vez al año por la Comisión Directiva de la Asociación.

Art. 12º.- El trámite a seguir para designar nuevos Académicos es el siguiente:

  1. a) Todas las propuestas para designar nuevos Académicos recibidas durante un año serán consideradas en la primera Sesión del Claustro Académico del año siguiente
  2. b) El Claustro dará entrada a las propuestas si se cumplen las previsiones de los Artículos 7º, 8º y 9º.
  3. c) El Claustro designará una Comisión evaluadora de cada propuesta, integrada por dos miembros y un suplente, que en cada caso se designará, entre expertos reconocidos en el tema desarrollado por el candidato. Los tres asesores y un suplente deberán ser miembros de esta u otras Academias argentinas o de otros países. Aceptado el juicio de la Comisión evaluadora, el Claustro elevarán a la H.C.D., dentro de los 30 días corridos de recibida la documentación, informes fundados acerca de los méritos del candidato propuesto. La que se expedirá en un lapso no mayor de 30 días. La HCD de la Asociación, hará públicas las candidaturas aceptadas a todos los Académicos y se les enviará el curriculum a quienes lo soliciten. Las observaciones que los Académicos creyeran pertinentes deberán presentarse o remitirse por escrito a secretaría dentro de los 30 días corridos de recibida la comunicación.
  4. d) Si en esos 30 días no se reciben objeciones fundadas sobre los candidatos por parte de los Académicos, la candidatura quedará en firme y requerirá de un mínimo de 6 votos para continuar el trámite estatutario.

e)Transcurridos 30 días, la H.C.D. analizará los informes y decidirá, en votación secreta, la aceptabilidad o no de los candidatos. En el momento de votación, deben estar presentes la mitad más uno de los integrantes de la H.C.D. para emitir voto sin conflicto de intereses. Los Académicos proponentes miembros de la H.C.D. se abstendrán de participar en cada uno de los actos en que se considere la incorporación del candidato propuesto por ellos.

  1. f) Con un resultado de por lo menos el 75 % de los votos favorables, la H.C.D. designará al candidato como nuevo Académico.

Art. 12°.-La designación de Académicos Fundadores, tiene carácter de vitalicia. Por  renuncia o fallecimiento, dicha designación finalizará. Por tanto la designación de Académico Fundador, tiene un tiempo finito de existencia, no pudiendo utilizarse dicha denominación ni categorización para profesionales que se hayan incorporado luego de la creación de la mencionada categoría de membresía.

Ar. 13º.-La incorporación del nuevo Académico se formalizará en un acto público en el cual el nuevo Académico podrá disertar sobre un tema a su elección.

Art. 14º.- Producida la circunstancia de que un Académico de Número haya cumplido ochenta años de edad dejará vacante su sitial. En caso de integrar la H.C.D. continuará como miembro hasta finalizar el mandato. La Comisión Directiva una vez al año designará una Comisión ad-hoc compuesta por tres miembros a fin de que estudie los antecedentes del Académico y considere otorgarle la distinción de Académico Emérito. El dictamen será sometido a consideración de la Comisión Directiva de la Asociación. El presente artículo no tendrá vigencia para la categoría de Académicos Fundadores.

Capítulo III
De la Comisión Directiva

Art. 12°.- El Claustro Académico, tal como lo señala el artículo 9no. del Estatuto de la Asociación,  estará dirigida por una Comisión Directiva compuesta por 3  Académicos Fundadores o de Número, a saber: un Presidente Académico, un Vicepresidente Académico y un Secretario General Académico. La secretaría General tendrá a su cargo la coordinación de 5 o más subsecretarías, a saber, Científica, Investigación,  Docencia, Comunicación, Relaciones Institucionales, etc. Todos se desempeñarán en carácter ad-honorem. El presidente y Vice de la CD del Claustro, durarán en el cargo dos periodos anuales, pudiendo ser reelectos una sola vez. El Vicepresidente pasará a ocupar el cargo de Presidente cuando se produzca la vacante, y podrá ocupar la presidencia como máximo por dos períodos si fuese reelecto como Presidente. El cargo de Secretario, deberá ser confirmado en cada período electoral, pudiendo ser removido por renuncia o por decisión del Presidente y Vice de la CD del Claustro. La elección de un nuevo secretario en tal caso, estará sujeta a una nueva votación. La designación de los subsecretarios, serán a propuesta de la Comisión Directiva del Claustro electa, no siendo necesario que sus integrantes sean Académicos; los mismos compondrán el resto de la Comisión Directiva. En la elección de la Comisión Directiva del Claustro Académico, participarán todos los Académicos, quienes votarán por un Académico de Número. La elección se guiará por el sistema voto directo. En el caso de los no residentes en la ciudad, podrán hacerlo en doble sobre que será depositado en la sede de la Academia o enviado por correo. El Académico de Número más votado será Presidente, el segundo será Vicepresidente y el tercero será Secretario General. Si ocurriese que dos o más candidatos hubieren obtenido igual número de votos, se dará prioridad a quien tenga mayor antigüedad como Académico de Número. Por única vez, serán integrantes de la primera Comisión Directiva del Claustro, Académicos miembros que hayan sido propuestos por la Asamblea de Socios Fundacionales, convocada al efecto, por la Comisión Directiva de la Asociación Civil, con 30 días de antelación a su realización.

Art. 13°.- En los casos de enfermedad, ausencia, renuncia o fallecimiento del Presidente, éste será sustituido por el Vicepresidente; en los dos primeros casos, hasta que cese la causa, y en los dos últimos, hasta completar el período. El Vicepresidente y el Académico Secretario General serán reemplazados por vacancia de sus cargos. Los reemplazantes serán elegidos por votación directa por la mitad más uno de los Académicos integrantes del Claustro. El miembro titular de la C.D. del Claustro ausente sin causa justificada a tres reuniones consecutivas de la C.D. o a cinco alternadas, será reemplazado, previa notificación.

Art. 14°.- La Comisión Directiva del Claustro se ocupará de todos los asuntos concernientes al funcionamiento del mismo, correspondiéndole:

  1. a) Dictar los reglamentos internos necesarios a los fines del mejor cumplimiento de sus objetivos.
  2. b) Proponer la periodicidad de las reuniones de las Subsecretarías: Científica, Docencia, Comunicación, Relaciones Institucionales,etc. Proponer los subsecretarios y los integrantes de cada subsecretaría. Los mismos deberán ser miembros de la Asociación, independientemente de que sean o nó Académicos..
  3. c) Determinar las Características de los diferentes tipos de asesores y/o contribuyentes a la Asociación, desde el punto de vista de los Académicos.
  4. d) Elaborar una estrategia de relación generacional, teniendo como objetivo la “excelencia profesional”, desde los alumnos, egresados recientes, profesionales, investigadores, selección de candidatos, financiamiento, formación y todo otro aspecto que haga a la mencionada “excelencia profesional”.
  5. e) Estudiar y aprobar anualmente un proyecto de inversión de los recursos oficiales y propios disponibles, por partidas principales. De su ejecución deberá encargarse el señor Presidente, quien informará a la H.C.D., de la Asociacaión como mínimo bimestralmente, cuando lo considere necesario o cuando cualquier miembro de la H.C.D. lo requiera, sobre cualquier aspecto relacionado con dichas inversiones.
  6. f) Aprobar, después del cierre de cada ejercicio, fijado al 31 de Diciembre, la Memoria y el Balance General con Cuadro de Resultados, para su consideración por la Asamblea Anual Ordinaria de la Asociación, como así también la Rendición de Cuentas por los subsidios recibidos.
  7. g) Aceptar subvenciones, herencias, legados, donaciones y administrar los recursos provenientes de ellos.
  8. h) Adquirir o vender bienes muebles o inmuebles. En lo referente a bienes inmuebles, se requerirá aprobación de la Asamblea con un mínimo del 2/3 de los Académicos.
  9. i) Proponer el orden, la naturaleza y la frecuencia de las sesiones.
  10. j) Designar el personal técnico, administrativo y de servicio.
  11. k) Dar cumplimiento a los fines establecidos en el Art. 3°, previa intervención de las comisiones internas, cuando correspondiere.
  12. l) Organizar todos los actos que sean conducentes al cumplimiento de sus objetivos.
  13. m) Dos miembros de la D.D del Claustro, deberán concurrir a todas las reuniones que cite la H.C.D. de la Asociación, informando permanentemente de las actividades, propuestas y resoluciones del Claustro.

Comisión de Redacción, designada por la HCD:

Dr. Emir Alvarez Gardiol              Dr. Ariel Sanchez                  Dr. Oscar Fay

Estructura

Asociación Civil Academia de Ciencias Médicas de Santa Fe

Presidente: Dr. Sergio Gorodischer
Secretario: Dr. Silvio Gavosto
Vocales: Dr. Oscar Rubio Galli, Dr. Lorenzo Manavella, Dra. Sonia Martorano
Vicepresidente: Dr. Lorenzo J. Manavella
Secretario: Dr. Silvio J. Gavosto
Tesorero: Dr. Juan M. Acosta
Vocales Titulares: Dra. Silvia N. Carbognani, Dra. Cecilia L. Costamagna, Dr. Alejandro J. García, Dr. Roberto L. Parodi
Vocales Suplentes: Dr. Griselda E. Alfonso, Dr. Carlos A. J. Ferroni, Dra. María M. Pijoán, Dr. Jorge R. Nagel
Revisor de Cuentas Titular: CP Jorge L. Fittipaldi
Revisor de Cuentas Suplente: CP Guido Fittipaldi

Comisión Directiva Organizadora del Claustro

Presidente: Dr. Emir Alvarez Gardiol
Vicepresidente: Dr. Oscar Fay
Secretario: Dr. Diego de Mendoza

Ambiente y Salud

Coordinador: Dr. Rubén D. Piacentini
Miembros: Dr. Emir Alvarez Gardiol, Dra.Yolanda Bolzon-Lombardo, Dr. Rafael Calvo, Dr. Alberto Cardona, Dr. Oscar Fay, Dr. Mario Passegi, Dr. Jorge Reinheimer, Dr. Orlando Alfano, Dra. Mariel Galazzi, Dra. Adriana Ipiña, Dra. Alejandra Maine, Dra. Bibiana Riquelme

Etica

Coordinador: Dr. Rafael Pineda
Miembros: Dr. Oscar Bottasso, Dr. Sergio Gorodischer, Dr. Guillermo H. Kaufmann

Premios

Coordinador: Dr. Roberto I. Tozzini
Miembros: Dr. José L. Ameriso, Dr. Oscar Bottaso, Dr. Alberto J. Muniagurria, Dra. Maria Alejandra Di Gregorio

Reglamento

Desarrollo Web

Coordinador:  Dr. Oscar Fay

Tribuna Académica

Coordinador: Dr. Alberto J. Muniagurria
Miembros: Dr. Gastón Chiganer, Dr. Juan Manuel Bonelli, Dra. Alejandra Arguello

Objetivos
TELEMEDICINA: Prestación virtual

Tribuna Académica – Objetivos

La Tribuna Académica es una Comisión de la Academia de Ciencias Médicas de Santa Fe, que propone convocar y desarrollar reuniones periódicas con temáticas de interés y problemáticas que movilicen distintas opiniones vinculadas con la actividad de los profesionales de la salud.

Las Ciencias Médicas desde sus orígenes presentan temáticas que movilizan miradas y posturas que deben ser debatidas a la luz de los cambios culturales que se van produciendo. La irrupción de la tecnología en la práctica profesional, como ejemplo, acelerada en los últimos tiempos, exige un esfuerzo de modificación en los vínculos desarrollados y sus complejidades. Los modelos profesionales del futuro, con roles variables de las distintas especialidades aportan temáticas que merecen ser compartidas y debatidas.

Los motivos de debate a elegir surgirán de la Comisión con la aprobación del Claustro Académico. Las opiniones serán transcriptas, peor no implicaran una postura de la Academia.

Podemos pensar también como temáticas de interés, el número de profesionales y especialidades en la provincia, la coexistencia de la Medicina Pública y la Medicina Probada, opiniones sobre curricular médica, retiro médico, invalidez profesional y así como temáticas relacionadas con la asistencia, docencia, investigación y extensión a la comunidad.

Las reuniones serán durante el año en lo posible en el primero y segundo semestre, en el Salón “Pablo Borras” del Circulo Medico de Rosario.

Los invitados serán los representantes de la comunidad médica, institucionales, sociedades científicas, universitarias, políticas y de diferentes credos, etc… O sea, un espacio donde se pueda expresar las diferentes miradas en los temas a conversar.

Se buscara contactos con Universidades Académicas Nacionales y Extranjeras para compartir ideas y propuestas, así como desarrollar proyectos comunes.

Miembros

Académicos titulares

Acosta, Juan M.
Médico, Académico Fundador (sitial: Dr. Artemio Zeno)
Alvarez Gardiol, Emir
Médico, Académico Fundador (sitial: Dr. Oscar Pardo)
Ameriso, José Luis
Médico, Académico Fundador (sitial: Dr. Luis González Sabathié)
Belli, Pedro L.
Odontólogo, Académico Fundador (sitial: Dr. Teodoro Fracassi)
Bolzon-Lombardo, Yolanda
Química, Académica Fundador (sitial: Dr. Jorge Mullor)
Bottasso, Oscar
Médico, Académico ingresado en 2019
Cabada Marcelo O.
Bioquímico, Académico Fundador (sitial: Dr. Camilo Muniagurria)
Calvo, Rafael
Físico, Académico Fundador (sitial: Dr. Walter Mulhall)
Cardona, Alberto
Ingeniero Mecánico, Académico ingresado en 2019
Carillo, Néstor
Bioquímico, Académico ingresado en 2019
Chan, Raquel L.
Médica, Académica ingresada en 2020
Corvalán Romero, Carlos
Veterinario, Académico ingresado en 2020
de Mendoza, Diego
Bioquímico, Académico Fundador (sitial: Dr. Sol L. Rabasa)
Escovich, Livia
Odontóloga, Académica Fundador (sitial: Dr. Luis A. Camani Altube)
Fay, Oscar H.
Bioquímico, Académico Fundador (sitial: Dr. Benjamín Berisso)
Ferretti, José L.
Médico, Académico ingresado en 2020
Figueroa Casas, Juan C.
Médico, Académico Fundador (sitial: Dr. Justo López Bonilla)
Greca, Alcides A.
Médico, Académico Fundador (sitial: Dr. Juan Martínez)
Harboure, Leonor O.
Matemática, Académica Fundador (sitial: Dr. Beppo Levi)
Kaufmann, Guillermo H.
Físico, Académico ingresado en 2019
Kaufman, Teodoro
Químico, Académico ingresado en 2020
Lovesio, Carlos
Médico, Académico Fundador (sitial: Dr. Enrique Roncoroni)
Moroni, Jorge M.
Médico, Académico Fundador (sitial: Dr. Wenceslao Tejerina Fotheringan)
Mottino, Aldo D.
Médico, Académico Fundador (sitial: Ing. Mario Bancora)
Muniagurria, Alberto J.
Médico, Académico Fundador (sitial: Dr. Juan M. González)
Nadalin, Elsa
Farmacéutica, Académica Fundador (sitial: Francisco Cignoli)
Olivieri, Alejandro
Químico, Académico ingresado en 2019
Passegi, Mario
Fisico, Académico ingresado en 2019
Piacentini, Rubén D.
Físico, Académico Fundador (sitial: Dr. Mario A. Castagnino)
Pierini, Angel L..
Médico, Académico ingresado en 2020
Pineda, Rafael L.
Médico, Académico Fundador (sitial: Dr. Pablo Borrás)
Puche, Rodolfo
Médico, Académico ingresado en 2019
Reeves, Ziomara
Médica, Académica ingresada en 2020
Reinheimer, Jorge
Químico, Académico ingresado en 2019
Rivarola, Roberto D.
Físico, Académico ingresado en 2019
Sánchez, Julio A.
Médico, Académico Fundador (sitial: Dr. Juan J. Staffieri)
Siragusa, Martha
Odontóloga, Académica Fundador (sitial: Dr. Rogelio Fissore)
Tanno, Hugo E.
Médico, Académico Fundador (sitial: Dr. Juan Cortes)
Tosticarelli, Jorge R.
Ingeniero Civil, Académico Fundador (sitial: Ing. Cortes Pla)
Tozzini, Roberto I.
Médico, Académico Fundador (sitial: Dr. Rafael Araya)
Vallejos, Rubén H.
Bioquímico, Académico Fundador (sitial: Dr. Juan T. Lewis)
Vila, Alejandro
Químico, Académico Fundador (sitial: Dr. José Babini)
Villavicencio, Roberto L.
Médico, Académico Fundador (sitial: Dr. Víctor Añaños)

Académicos honorarios

Umansky, Félix
Médico neurocirujano, Hospital Hadassah, Jerusalem, Israel